Estos son los protocolos de seguridad que deben aplicar transportistas antes, durante y despues de su ruta.

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Los pilotos de transporte extraurbano serán sancionados con la suspensión de su inscripción, hasta por un periodo de seis meses, de no cumplir el protocolo de medidas para evitar la propagación del coronavirus.

La Dirección General de Transporte es la responsable de realizar las inspecciones para verificar si los pilotos de buses extraurbano cumplen con las medidas sanitarias en cada unidad de transporte.

El Ministerio de Comunicaciones publicó el Acuerdo Ministerial 645-2020, el cual detalla el protocolo de circulación para el servicio público del transporte extraurbano de pasajeros por carretera para la aplicación del Tablero de Alerta Sanitaria, que informa las decisiones de la desescalada y escalada de las restricciones.

El protocolo busca establecer las medidas obligatorias que deben cumplir las personas legalmente autorizadas en la prestación del servicio público del transporte extraurbano de pasajeros y con ello evitar la propagación del coronavirus.

 

Limpieza y desinfección

 

Según el Acuerdo Ministerial, los pilotos o dueños de los buses deben asegurar que durante el trayecto se utilice el porcentaje establecido de pasajeros según el Tablero de Alerta Sanitaria.

Además, deben realizar limpieza y desinfección al inicio y al finalizar cada ruta. La limpieza será en todas las superficies en las cuales las personas han tenido contacto directo en el interior del bus (butacas, pasamanos y ventanas).

También deben realizar un proceso de desinfección utilizando cloro y agua, o productos de desinfección de uso común. El proceso de desinfección se debe realizar en una bitácora de control, la cual deberá tener fecha y hora en que se realizó el proceso.

El protocolo también establece la obligación del uso de mascarilla, alcohol para limpiarse las manos del piloto, ayudante y pasajeros

 

Otras obligaciones

 

  • Asegurar la toma de temperatura con dispositivo digital.
  • Instalar barreras físicas de protección, como protectores o mamparas para aislar el área del piloto.
  • Asegurar obligatoriamente que los sistemas de ventilación funcionen y aumentar la ventilación natural como sea posible.
  • Queda prohibida la venta y consumo de alimentos dentro de la unidad de transporte.

 

Infracciones

 

El Acuerdo Ministerial también incluye las infracciones que se deben implementar de no cumplirse las disposiciones.

“Se sancionará al piloto que conduzca la unidad con la suspensión de su inscripción en el Registro de Pilotos en la Dirección General de Transporte por un periodo de seis meses. Además, se suspenderá parcialmente la licencia de transporte y la tarjeta de operación de la unidad”.


La responsable de las inspecciones para velar por el cumplimiento de las disposiciones son los empleados de la Dirección General de Transporte.

 

 

 

 

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